

Nuevas Formas de Trabajo, un análisis, ideas filosóficas y propuestas jurídicas.
Es una realidad que a nivel mundial y como consecuencia de los avances de la tecnología y globalización en que nos encontramos, la forma de entender el mercado laboral ha cambiado a una gran velocidad, dejando atrás nuestras leyes laborales.
Como ejemplo, tenemos el caso de los llamados “millenials” quienes buscan tener un balance adecuado de vida, trabajando para ello en empleos autónomos o bien de colaboración, en los cuales difícilmente podríamos encontrar que se cumplan con los factores primordiales de un trabajo como lo son horario, jornada y salario fijo.
O bien, tal y como lo es el famoso caso de Uber que renovó las formas de trabajo y la visión de los empresarios de entenderlo, ya que mediante una plataforma digital, un interesado solicita un servicio de transporte, originando un gran debate respecto a si la plataforma debiera ser considerada como un patrón o bien únicamente un intermediario y, en su caso, quien debe velar por los derechos y obligaciones laborales de los conductores o si no es necesario cumplir con éstas.
No solo es el ejemplo de Uber el cual ha revolucionado la forma de entender el trabajo, ya que cada vez son mas populares las empresas en plataformas digitales, en las cuales no existe un lugar fijo para operar, inclusive los empleados no se conocen entre sí y posiblemente nunca lo hagan y, la contraprestación, generalmente se da mediante un esquema de comisiones variable pactado en dólares americanos, sin que se tenga contacto con el empleador y por consecuente, la posibilidad de solicitar una indemnización o finiquito una vez concluida la relación de trabajo.
Desde cierto punto de vista, pareciera lógico y entendible que las nuevas generaciones se encuentren aborrecidas de los modelos antiguos de trabajo, pues debemos considerar que según datos de la OCDE, de sus países miembro, México es donde mas horas se trabaja al día sin que ello implique el pago de un salario digno.